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Condiciones Generales de Contratación — ODULINK SL (Odoovers)

Versión 1.0 · [fecha de publicación]. Estas Condiciones Generales rigen los servicios de marketing, web y configuración funcional de Odoo que ODULINK SL presta, bajo la marca Odoovers, a clientes empresariales, y se incorporan a cada propuesta, presupuesto o condiciones particulares que el Cliente acepte.

Índice

  1. Objeto, ámbito, incorporación y prelación
  2. Definiciones
  3. Servicios, alcance, entregables y Servicios Adicionales
  4. Obligación de medios y ausencia de garantía de resultados
  5. Obligaciones del Cliente
  6. Personal: independencia operativa y no captación
  7. Precio, impuestos, pago y suspensión
  8. Inversión en medios, cuentas publicitarias y plataformas de terceros
  9. Intervención en el sitio web y en los sistemas del Cliente
  10. Intervención en la plataforma Odoo del Cliente
  11. Garantías del Cliente, contenidos de terceros y cumplimiento publicitario
  12. Propiedad intelectual e industrial
  13. Protección de datos personales
  14. Confidencialidad y secretos empresariales
  15. Responsabilidad
  16. Duración, prórroga y terminación
  17. Disposiciones generales, ley aplicable y jurisdicción

1. Objeto, ámbito, incorporación y prelación

1.1 Objeto. Estas Condiciones Generales de Contratación (las «Condiciones Generales») regulan la prestación por ODULINK SL, con domicilio en C/ Dr. Trias i Pujol, 6, escalera A, planta baja, 2.ª, 08034 Barcelona, y N.I.F. B75336990, que opera bajo la marca comercial Odoovers (el «Prestador»), de servicios profesionales de marketing, estrategia y dirección de marketing externalizada (CMO as a service), diseño gráfico y dirección creativa, comunicación, creación y producción de contenidos, publicidad digital, posicionamiento orgánico y analítica; de diseño y desarrollo de sitios web y tiendas en línea sobre la plataforma Odoo; y de configuración funcional de las aplicaciones de marketing, sitio web, comercio electrónico y gestión comercial de la plataforma Odoo del Cliente (los «Servicios»).

1.2 Posición del Prestador respecto de Odoo. El Prestador no es partner, distribuidor ni revendedor de Odoo S.A., y no presta servicios de implantación, alojamiento, administración, desarrollo de módulos, mantenimiento técnico ni actualización de versión de la plataforma Odoo. Dichos servicios corresponden al Cliente y, en su caso, al partner o proveedor técnico que el Cliente haya contratado, conforme a la cláusula 10.

1.3 Ámbito subjetivo. Estas Condiciones Generales se aplican a todo encargo que el Prestador acepte de un cliente que actúe en el marco de su actividad empresarial o profesional (el «Cliente»), con independencia del país de su establecimiento. No se aplican a la contratación con consumidores.

1.4 Naturaleza de la prestación. Los Servicios se prestan con plena autonomía organizativa, técnica y de medios, en los términos de la cláusula 6. Su prestación no constituye cesión de personal ni asunción por el Prestador de la titularidad o las funciones de un departamento interno del Cliente, con independencia de la denominación comercial que se emplee para referirse a los Servicios, incluida la de dirección de marketing externalizada.

1.5 Incorporación y aceptación. El Prestador publica estas Condiciones Generales en su sitio web, en una dirección fija para cada versión, en español y, como traducción de cortesía, en catalán, francés, inglés e italiano. Cada propuesta, presupuesto o documento de Condiciones Particulares identificará la versión aplicable y su dirección. Las Condiciones Generales quedan incorporadas al contrato cuando el Cliente acepta las condiciones particulares que las partes suscriban (las «Condiciones Particulares»), mediante su firma, su aceptación electrónica en el portal del Prestador o el pago de la primera factura. En defecto de Condiciones Particulares firmadas, tendrán dicha consideración el presupuesto o pedido aceptados por el Cliente.

1.6 Orden de prelación. En caso de contradicción entre documentos prevalecerán, por este orden:

  1. las Condiciones Particulares, incluidas sus condiciones especiales;
  2. el anexo de alcance, entregables y calendario (el «Anexo de Alcance»);
  3. el Anexo de Encargo del Tratamiento previsto en la cláusula 13;
  4. estas Condiciones Generales;
  5. la propuesta comercial y cualquier otra documentación precontractual.

1.7 Valor de la documentación comercial. Las propuestas, presentaciones, estimaciones, materiales de difusión y comunicaciones comerciales previas tienen carácter descriptivo e ilustrativo. No generan obligaciones distintas de las recogidas en los documentos de los apartados 1 a 4 de la cláusula 1.6 y, en particular, no constituyen compromiso ni garantía de resultado, de volumen de ventas, de retorno de la inversión ni de consecución de métricas determinadas, conforme a la cláusula 4.

1.8 Documentos de facturación. Los pedidos, presupuestos, facturas y demás documentos emitidos a efectos administrativos o de facturación tienen carácter instrumental cuando existan Condiciones Particulares firmadas. Sus descripciones, conceptos o destinatarios no modifican las partes, el alcance, el precio ni las obligaciones establecidos en las Condiciones Particulares y sus anexos.

1.9 Sitio web del Prestador. El aviso legal y las condiciones de uso del sitio web del Prestador regulan únicamente la navegación por dicho sitio y no se aplican a los Servicios contratados.

1.10 Versiones. El Prestador podrá aprobar nuevas versiones de estas Condiciones Generales. Cada contrato se rige por la versión aceptada por el Cliente, sin que las versiones posteriores tengan efecto retroactivo. La aplicación de una nueva versión a un contrato en vigor requerirá la aceptación expresa y por escrito del Cliente.

1.11 Idioma. La versión española de estas Condiciones Generales y de cualquier documento contractual es la única auténtica. Las versiones en otros idiomas son traducciones de cortesía y, en caso de discrepancia, prevalecerá la versión española.

2. Definiciones

A los efectos de estas Condiciones Generales, los términos siguientes tienen el significado que se indica:

  • Instancia: la base de datos y el entorno Odoo del Cliente, cualquiera que sea su modalidad de alojamiento (Odoo Online, Odoo.sh o servidor propio o de terceros).
  • Partner del Cliente: el partner de Odoo, proveedor técnico o personal interno que el Cliente designe para la administración técnica de la Instancia, incluido el propio Cliente cuando la ejerza directamente.
  • Acceso del Prestador: el usuario o usuarios que el Cliente facilite al Prestador en la Instancia y en los demás sistemas para la prestación de los Servicios.
  • Usuario Nominal: el usuario asignado a una única persona identificada.
  • Usuario Genérico: el usuario compartido por varias personas o no asignado a una persona identificada.
  • Configuración: los ajustes, parámetros, plantillas, campañas, automatizaciones, vistas y personalizaciones realizados mediante la interfaz de la Instancia, incluida la herramienta Odoo Studio.
  • Datos del Cliente: los datos, incluidos los datos personales, contenidos y materiales que el Cliente aporte o que se encuentren en sus sistemas.
  • Servicio Adicional: todo servicio, tarea o entregable no recogido expresamente en el Anexo de Alcance.
  • Interlocutor: la persona designada por cada parte conforme a la cláusula 5.6.
  • Por escrito: incluye el correo electrónico y, cuando así se prevea expresamente, los mensajes del Interlocutor por los canales de mensajería habituales entre las partes.

3. Servicios, alcance, entregables y Servicios Adicionales

3.1 Determinación del alcance. El alcance concreto de los Servicios, los entregables, sus cantidades, los plazos y el calendario se determinan en el Anexo de Alcance. Todo lo no recogido expresamente en él tendrá la consideración de Servicio Adicional y se regirá por la cláusula 3.8.

3.2 Entrega. El Prestador pondrá los entregables a disposición del Cliente por los canales acordados: correo electrónico, repositorio compartido, herramienta de gestión de proyectos, o publicación o configuración directa en la Instancia, en el sitio web o en los demás sistemas del Cliente. La puesta a disposición por cualquiera de dichos canales tendrá la consideración de entrega a todos los efectos.

3.3 Revisión y aceptación. El Cliente dispondrá de siete (7) días naturales desde la entrega de cada entregable para comunicar por escrito su conformidad o sus observaciones, que deberán ser concretas y estar vinculadas al alcance contratado. Transcurrido dicho plazo sin observaciones, el entregable se entenderá aceptado tácitamente. La publicación del sitio web, la activación de una campaña o automatización, o cualquier otro uso del entregable por el Cliente implicará en todo caso su aceptación.

3.4 Rondas de revisión. Salvo que el Anexo de Alcance disponga otro número, cada entregable incluye una (1) ronda de revisión, entendida como un único conjunto consolidado de observaciones. Las rondas adicionales, las observaciones sucesivas o contradictorias y las solicitudes que impliquen rehacer trabajo ya aceptado se facturarán como Servicio Adicional.

3.5 Dependencias y retrasos del Cliente. Los plazos del Anexo de Alcance presuponen que el Cliente cumple puntualmente las obligaciones de la cláusula 5 y que el Partner del Cliente presta la colaboración necesaria, incluida la concesión de permisos, la instalación de aplicaciones y la configuración de dominios y servidores de correo. El retraso en la entrega de accesos, información, materiales, validaciones u observaciones, o en la actuación del Partner del Cliente:

  • no constituirá incumplimiento del Prestador ni dará derecho a reclamación alguna;
  • facultará al Prestador para replanificar el calendario y reasignar los recursos asignados;
  • cuando exceda de quince (15) días naturales, permitirá al Prestador tener el entregable afectado por entregado a los solos efectos del devengo del precio, sin perjuicio de su posterior finalización cuando se subsane la dependencia.

3.6 Servicios recurrentes. Cuando las Condiciones Particulares prevean una cuota periódica, los Servicios comprendidos en ella se prestan con carácter de disponibilidad y capacidad asignada al periodo correspondiente. La capacidad no consumida en un periodo no se acumula ni se traslada a periodos posteriores, ni genera derecho a devolución, descuento o compensación.

3.7 Bolsas de horas. Las bolsas de horas se rigen por la cláusula 7.4. Su consumo se aplicará a las tareas que el Cliente solicite dentro del objeto de los Servicios, y el Prestador informará del saldo disponible a petición del Cliente. Los plazos de respuesta o ejecución que el Prestador pueda indicar son orientativos y no constituyen compromiso de nivel de servicio.

3.8 Servicios Adicionales.

  1. Requerirán solicitud previa del Cliente por escrito, siendo suficiente el correo electrónico o el mensaje del Interlocutor del Cliente por cualquier canal de mensajería habitual entre las partes.
  2. El Prestador emitirá presupuesto específico o estimación de horas, que requerirá aprobación escrita del Cliente antes de su inicio.
  3. Salvo pacto distinto, se facturarán a la tarifa por hora prevista en las Condiciones Particulares o en el presupuesto aceptado.
  4. Los trabajos cuyo importe no exceda del umbral fijado en las Condiciones Particulares podrán ejecutarse y facturarse directamente, previa petición expresa del Cliente, sin necesidad de presupuesto, o con cargo a la bolsa de horas contratada.
  5. En caso de urgencia operativa, el Prestador podrá iniciar el Servicio Adicional con autorización expresa del Cliente por escrito, regularizándose el presupuesto a continuación.
  6. La ejecución de Servicios Adicionales podrá modificar prioridades y calendario, lo que se comunicará al Cliente.

3.9 Reporting. Cuando el Anexo de Alcance lo prevea, el Prestador emitirá informe periódico de actividad y resultados. Las partes identificarán en él la fuente de datos que prevalece para cada métrica. Las discrepancias entre plataformas publicitarias, herramientas de analítica, la Instancia y los demás sistemas del Cliente son inherentes a sus respectivos modelos de medición y atribución, y no constituyen error ni incumplimiento del Prestador.

4. Obligación de medios y ausencia de garantía de resultados

4.1 Obligación de medios. El Prestador asume una obligación de medios y no de resultado. Se obliga a prestar los Servicios con la diligencia, competencia técnica y buenas prácticas exigibles a un profesional del sector, destinando a ello los recursos comprometidos en el Anexo de Alcance.

4.2 Ausencia de garantía de resultados. El Prestador no garantiza la consecución de resultados comerciales ni de métricas determinadas, y en particular no garantiza volumen de ventas, facturación, número de pedidos, leads o registros, retorno de la inversión publicitaria, coste por adquisición o por lead, tasa de conversión, tasas de apertura o entrega de correos electrónicos, posiciones en resultados de búsqueda, alcance, impresiones ni crecimiento de audiencia. El resultado de las acciones de marketing depende de factores ajenos al control del Prestador, entre otros:

  • el producto o servicio del Cliente, su precio, su disponibilidad y su propuesta de valor;
  • la actuación de la competencia y la dinámica de subasta de las plataformas publicitarias;
  • los algoritmos, políticas, cambios técnicos y decisiones unilaterales de plataformas, buscadores, marketplaces y proveedores de correo;
  • el historial, la reputación y la configuración previa de las cuentas, dominios, bases de contactos y sistemas del Cliente;
  • el funcionamiento de la Instancia y la actuación del Partner del Cliente;
  • la capacidad operativa, logística, de atención al cliente y comercial del propio Cliente;
  • el contexto de mercado, la estacionalidad y la evolución de la demanda.

4.3 Objetivos y KPIs. Los objetivos, previsiones, estimaciones, proyecciones y KPIs que figuren en propuestas, planes estratégicos, planes de medios, informes o cualquier otro entregable tienen la condición de metas de planificación y herramientas de gestión. No constituyen obligación de resultado ni garantía contractual, y su no consecución no constituye incumplimiento del Prestador ni genera derecho a indemnización, descuento o devolución.

4.4 Decisiones de negocio. Las decisiones de negocio corresponden en exclusiva al Cliente, incluidas las relativas a producto, surtido, precios, márgenes, promociones, condiciones de venta, logística, presupuesto de inversión y configuración de sus procesos en la Instancia. El Prestador asesora y formula recomendaciones; su adopción y sus consecuencias corresponden al Cliente. Lo anterior se aplica también cuando el Prestador actúe como dirección de marketing externalizada.

4.5 Asesoramiento no comprendido. Los Servicios no comprenden asesoramiento jurídico, fiscal, contable, financiero ni de cumplimiento normativo, ni la validación de la configuración fiscal, contable o de facturación de la Instancia. Las advertencias o indicaciones que el Prestador pueda formular en estos ámbitos tienen carácter meramente informativo y no sustituyen al asesoramiento profesional que el Cliente deba obtener por su cuenta.

5. Obligaciones del Cliente

5.1 Accesos. El Cliente facilitará al Prestador, a su costa, los accesos necesarios a los sistemas y cuentas que se relacionen en el Anexo de Alcance, con los permisos de edición precisos para cada Servicio y no de simple lectura. Los accesos a la Instancia se regirán por la cláusula 10. En los demás sistemas, los accesos se concederán mediante los sistemas de permisos de usuario propios de cada plataforma.

5.2 Credenciales de proveedores anteriores. Al inicio de los Servicios, el Cliente revocará los accesos, usuarios, claves e integraciones de proveedores anteriores en los sistemas y cuentas objeto de los Servicios, o confirmará por escrito que continúan bajo su control. El Prestador no responde de actuaciones realizadas con accesos de terceros no revocados.

5.3 Inicio del plazo. Salvo pacto distinto en las Condiciones Particulares, el calendario del Anexo de Alcance comenzará a computar desde la fecha en que el Cliente haya abonado la primera factura y facilitado la totalidad de los accesos y la información inicial identificados como requisito de inicio. El Prestador comunicará dicha fecha al Cliente.

5.4 Información, materiales y datos. El Cliente suministrará con la antelación suficiente la documentación, información, materiales, activos de marca y datos de negocio necesarios, y garantiza su exactitud, vigencia y licitud. Garantiza igualmente la exactitud, licitud y calidad de los datos que importe o haga importar en la Instancia, incluidas las bases de contactos destinadas a comunicaciones comerciales. El Prestador no viene obligado a verificar la información ni los datos facilitados por el Cliente.

5.5 Participación y decisiones. El Cliente participará en las sesiones de trabajo previstas, adoptará en plazo razonable las decisiones que le correspondan y desbloqueará los impedimentos internos que condicionen la ejecución.

5.6 Interlocutor designado. Cada parte designará en las Condiciones Particulares un Interlocutor con capacidad para recibir y emitir comunicaciones, validar entregables y aprobar Servicios Adicionales. Las observaciones del Cliente se canalizarán de forma consolidada a través de su Interlocutor. El Prestador no vendrá obligado a atender instrucciones contradictorias ni procedentes de personas distintas del Interlocutor.

5.7 Coordinación con el Partner del Cliente. El Cliente coordinará la intervención del Partner del Cliente que resulte necesaria para los Servicios, y garantiza su colaboración en plazo razonable. El Prestador no tiene relación contractual con el Partner del Cliente ni puede impartirle instrucciones.

5.8 Uso de los sistemas y formación. La formación y las indicaciones que el Prestador imparta tienen carácter informativo. El uso de la Instancia, del sitio web y de las demás herramientas por el personal del Cliente es de su exclusiva responsabilidad.

5.9 Costes de terceros. Serán de cuenta del Cliente los costes de licencias, suscripciones, herramientas, plataformas, alojamiento, dominios, bancos de imágenes, música, tipografías, aplicaciones y módulos, y cualesquiera servicios de terceros necesarios para la prestación o explotación de los Servicios, incluida la suscripción a Odoo. Cuando el Prestador los anticipe por cuenta del Cliente, los repercutirá con los justificantes correspondientes; el anticipo requerirá aprobación escrita previa cuando exceda del umbral fijado en las Condiciones Particulares.

5.10 Desplazamientos. Serán de cuenta del Cliente los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento en que incurra el Prestador por desplazamientos solicitados por el Cliente y no previstos en el Anexo de Alcance.

5.11 Concurrencia de proveedores. Durante la vigencia del contrato, el Cliente no encomendará a terceros servicios sustancialmente coincidentes con los Servicios en los mismos canales sin informar previamente al Prestador. En caso de concurrencia del Prestador con otros proveedores o con el Partner del Cliente sobre un mismo canal, cuenta, sitio web o Instancia, el Prestador no responderá de los resultados, de su atribución ni de las incidencias derivadas de actuaciones de terceros.

5.12 Cumplimiento normativo del Cliente. Corresponde al Cliente el cumplimiento de la normativa aplicable a su actividad, a sus productos y servicios, a su sitio web y a su comunicación comercial, en los términos de la cláusula 11.

6. Personal: independencia operativa y no captación

6.1 Independencia de las partes. Las partes son empresas jurídica y económicamente independientes, con organización y actividad propias. Nada en el contrato podrá interpretarse como constitutivo de relación laboral, de agencia, de sociedad, de unión temporal o de grupo de empresas entre ellas o respecto de sus empleados y colaboradores.

6.2 Poder de dirección exclusivo. El Prestador conserva de forma exclusiva, respecto del personal que destine a los Servicios, las facultades de organización, dirección, control y disciplina, así como la fijación de jornada, horarios, vacaciones, retribución y régimen de prestación. El Prestador es el único empleador o contratante de dicho personal y el único responsable del cumplimiento de sus obligaciones laborales, de Seguridad Social y de prevención de riesgos.

6.3 Medios propios. El Prestador presta los Servicios con su propia infraestructura, equipos, programas, licencias y metodologías. Los accesos que el Cliente facilite se limitan a los estrictamente necesarios y no alteran lo dispuesto en esta cláusula.

6.4 Ausencia de integración. El personal del Prestador no se integra en la estructura organizativa del Cliente, ni en su organigrama, ni en sus sistemas de control de presencia o de jornada, ni en sus procedimientos disciplinarios o de evaluación del desempeño, también cuando el Prestador actúe como dirección de marketing externalizada. El Cliente no asignará a dicho personal tareas ajenas al objeto del contrato.

6.5 Canalización de instrucciones. Las instrucciones, requerimientos y observaciones del Cliente se dirigirán únicamente al Interlocutor del Prestador, y nunca de forma directa a las personas concretas que intervengan en la ejecución. La participación de dicho personal en reuniones, canales de comunicación o herramientas del Cliente obedece a razones de eficiencia operativa y no implica sometimiento a su poder de dirección.

6.6 Asignación y sustitución de personal. La designación de las personas que intervienen en los Servicios corresponde en exclusiva al Prestador, que podrá sustituirlas o reasignarlas libremente, garantizando un nivel equivalente de cualificación y la continuidad del servicio. El Cliente no podrá exigir la intervención de personas determinadas, su permanencia ni su dedicación exclusiva.

6.7 Acreditación de cumplimiento. A requerimiento razonable del Cliente, y con una periodicidad máxima semestral, el Prestador aportará certificación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

6.8 Prohibición de captación y contratación. Durante la vigencia del contrato y durante los doce (12) meses siguientes a su terminación, cada parte se obliga a no solicitar, captar, inducir ni contratar, directa o indirectamente, por sí o por persona interpuesta, y bajo cualquier modalidad (laboral, mercantil, civil o a través de sociedad), a ningún empleado, directivo, colaborador externo, profesional autónomo o subcontratista de la otra parte, ni al personal de los subcontratistas de la otra parte, que haya intervenido en la prestación de los Servicios o con quien haya mantenido trato con ocasión del contrato.

6.9 Excepción. No infringe la cláusula 6.8 la contratación de una persona que reúna simultáneamente estas tres condiciones: (i) que responda a una oferta pública de empleo de carácter general, no dirigida específicamente a ella ni difundida a través de persona que actúe en interés de la parte contratante; (ii) que hubiera cesado, por decisión propia, en su relación con la otra parte al menos doce (12) meses antes de la contratación; y (iii) que durante dicho periodo no haya existido contacto profesional, directo o indirecto, entre esa persona y la parte contratante o cualquier persona vinculada a ella. Corresponde a la parte contratante acreditar las tres condiciones. En tal caso no se devengará la penalización de la cláusula 6.12.

6.10 Personas vinculadas y presunción. La prohibición de la cláusula 6.8 se extiende a la contratación realizada por cualquier persona vinculada a la parte obligada, entendiéndose por tal: (i) las sociedades de su grupo, conforme al artículo 42 del Código de Comercio; (ii) las sociedades en las que participe, directa o indirectamente, en más de un veinticinco por ciento (25 %); (iii) sus socios, administradores y directivos, así como sus cónyuges o parejas de hecho y sus parientes hasta el segundo grado; y (iv) cualquier tercero que, por encargo de la parte obligada, ponga a dicha persona a prestar servicios para ella. Se presumirá la infracción, salvo prueba en contrario a cargo de la parte obligada, cuando la persona afectada preste servicios, por cualquier vía, a la parte obligada o a una persona vinculada a ella dentro del plazo de la cláusula 6.8.

6.11 Dispensa. La contratación de una persona comprendida en la cláusula 6.8 solo será lícita si la otra parte la autoriza expresamente mediante acuerdo escrito firmado por su representante. La mera comunicación, el ofrecimiento de una compensación o el silencio no constituyen autorización. Esta cláusula regula exclusivamente las relaciones entre las partes y no limita la libertad de la persona afectada para cesar en su relación con cualquiera de ellas ni para desarrollar la actividad profesional que estime conveniente.

6.12 Penalización. El incumplimiento de la cláusula 6.8 facultará a la parte perjudicada para exigir, por cada persona afectada y en concepto de pena convencional e indemnización mínima preliquidada, la mayor de estas cantidades: (i) treinta mil euros (30.000 €); o (ii) el cien por cien (100 %) de la retribución bruta anual pactada con la persona por la parte infractora o, si se trata de un colaborador externo, profesional autónomo o persona al servicio de un subcontratista, del importe facturado por él o por su sociedad durante los doce (12) meses anteriores, elevado a anual cuando la relación hubiera tenido menor duración. La pena es acumulativa: se entiende sin perjuicio de los daños y perjuicios adicionales que resulten acreditados y de la facultad de resolver el contrato conforme a la cláusula 16.

6.13 Proporcionalidad. Las partes reconocen que las cláusulas 6.8 a 6.12 son esenciales para proteger la inversión de cada una en selección, formación, estabilidad operativa y conocimiento de su equipo y de los proyectos; que la cuantía de la pena responde a los costes previsibles de selección, formación, sustitución, pérdida de productividad y pérdida de conocimiento del proyecto, de difícil prueba; y que el régimen es recíproco, se limita a quienes hayan intervenido en los Servicios o mantenido trato con ocasión del contrato, tiene duración limitada y admite excepción y dispensa, por lo que su duración, ámbito y cuantía son proporcionados.

7. Precio, impuestos, pago y suspensión

7.1 Precio. El precio de los Servicios, su desglose y el calendario de facturación se fijan en las Condiciones Particulares o en el presupuesto aceptado. Los importes se expresan y facturan en euros, impuestos excluidos.

7.2 Pago anticipado. Todos los Servicios se facturan y abonan por anticipado. Las cuotas periódicas se facturan al inicio de cada periodo; los proyectos, por hitos o fases, antes de su inicio; y las bolsas de horas, en el momento de su contratación. El pago es condición para el inicio o la continuación de los trabajos correspondientes.

7.3 Plazo y forma de pago. Las facturas son pagaderas al contado, mediante transferencia bancaria a la cuenta designada por el Prestador o por los medios de pago electrónicos que este habilite, en el plazo máximo de cinco (5) días naturales desde su emisión.

7.4 Bolsas de horas. Las horas de una bolsa podrán consumirse durante los seis (6) meses siguientes a la fecha de su pago. Transcurrido dicho plazo, las horas no consumidas caducarán sin derecho a devolución, compensación ni traslado. El consumo se registrará en fracciones de quince (15) minutos.

7.5 Impuestos indirectos. El Cliente facilitará al Prestador, antes de la primera factura, sus datos fiscales completos y, si está establecido en otro Estado miembro de la Unión Europea, su número de identificación a efectos del IVA intracomunitario. El régimen aplicable será el siguiente:

  1. si el Cliente está establecido en España, se repercutirá el IVA español;
  2. si está establecido en otro Estado miembro y su número figura válido en el sistema VIES, la operación se facturará sin IVA español, con aplicación de la inversión del sujeto pasivo;
  3. si está establecido fuera de la Unión Europea, la operación se facturará sin IVA español, salvo que la normativa aplicable disponga otra cosa.

Cuando el número de IVA no figure válido en el sistema VIES o los datos facilitados resulten inexactos, el Prestador repercutirá el IVA español. El Cliente mantendrá indemne al Prestador frente a cualquier regularización, recargo o sanción derivados de datos fiscales inexactos o incompletos.

7.6 Retenciones en origen. Todos los pagos se efectuarán libres de cualquier deducción o retención. Si la normativa del país del Cliente le obligara a practicar una retención o deducción sobre cualquier pago, el Cliente incrementará el importe pagado en la cuantía necesaria para que el Prestador perciba íntegramente el importe facturado, y le entregará en los treinta (30) días siguientes el certificado acreditativo de la retención ingresada.

7.7 Gastos bancarios y divisas. Las comisiones, gastos bancarios y diferencias de cambio derivados del pago serán íntegramente a cargo del Cliente. Una factura solo se considerará pagada cuando el Prestador haya recibido en su cuenta el importe íntegro facturado.

7.8 Disconformidad con la factura. El Cliente deberá comunicar por escrito cualquier disconformidad con una factura dentro de los diez (10) días naturales siguientes a su recepción, indicando el concepto y el importe discutidos. La disconformidad parcial no exime del pago de los importes no discutidos en el plazo previsto.

7.9 Mora. El impago a su vencimiento devengará de forma automática, sin necesidad de requerimiento previo, un interés de demora igual al previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, así como la indemnización por costes de cobro de su artículo 8, incluidos los honorarios de abogado y procurador aun cuando su intervención no fuera preceptiva. Las partes pactan expresamente estos conceptos como contractuales, con independencia de que dicha ley resulte aplicable a la operación.

7.10 Suspensión del servicio. Si una factura no se paga a su vencimiento, el Prestador podrá, mediante comunicación al Cliente por correo electrónico y con efectos desde su envío, suspender total o parcialmente la prestación de los Servicios, incluida la pausa de las campañas, automatizaciones y publicaciones activas y la entrega de trabajos en curso, hasta el íntegro pago de lo debido y de sus intereses.

7.11 Efectos de la suspensión. La suspensión ejercida conforme a la cláusula 7.10:

  • no constituye incumplimiento del Prestador ni genera derecho del Cliente a reclamación, indemnización, descuento ni devolución alguna;
  • no interrumpe el devengo del precio ni de los plazos contractuales;
  • hace del Cliente el único responsable de las consecuencias de la pausa de sus campañas, automatizaciones y publicaciones, y de los compromisos que haya asumido frente a terceros;
  • faculta al Prestador para replanificar los trabajos una vez regularizado el pago, sin que los plazos originales le sean exigibles.

La suspensión no faculta al Prestador para suprimir contenidos o datos del Cliente ni para retener cuentas, accesos o activos de titularidad del Cliente, y no afecta a las obligaciones de confidencialidad y protección de datos ni a la tramitación de las solicitudes de baja de destinatarios de comunicaciones comerciales que el Cliente comunique.

7.12 Retención de entregables. Hasta el íntegro pago del precio correspondiente, el Prestador podrá retener la entrega de los entregables pendientes y la cesión de los derechos prevista en la cláusula 12.

7.13 Prohibición de compensación. El Cliente no podrá compensar, deducir ni retener cantidad alguna de los importes debidos al Prestador por razones distintas de las expresamente pactadas por escrito.

7.14 Revisión de precios. Los precios de los Servicios recurrentes se revisarán al alza con efectos desde cada prórroga anual, conforme a la variación del índice de precios de consumo general de los doce meses anteriores publicado por el Instituto Nacional de Estadística, o al porcentaje que fijen las Condiciones Particulares. Si dicha variación fuera negativa, los precios se mantendrán inalterados.

7.15 Facturación a sociedad designada. A solicitud escrita del Cliente, el Prestador podrá emitir las facturas a nombre de otra sociedad de su grupo o vinculada, siempre que sea conforme a la normativa aplicable. La designación no altera las partes ni el alcance del contrato. La sociedad designada y el Cliente responden solidariamente del pago. Si la sociedad designada está establecida en otro país, el régimen de la cláusula 7.5 se determinará respecto de ella. El Cliente asume las consecuencias fiscales de la designación y mantendrá indemne al Prestador frente a cualquier regularización, sanción o gasto que se derive de ella.

8. Inversión en medios, cuentas publicitarias y plataformas de terceros

8.1 Titularidad de las cuentas. Las cuentas publicitarias, de análisis, de comercio y de gestión de catálogo (entre otras, Google Ads, Google Merchant Center, Google Analytics, Search Console, Meta Business Manager, LinkedIn Campaign Manager y las cuentas de marketplace) serán titularidad del Cliente, a su nombre y con su propio medio de pago asociado. El Prestador accederá a ellas en calidad de agencia o usuario autorizado.

8.2 Inversión en medios a cargo del Cliente. El presupuesto de inversión publicitaria (la «Inversión en Medios») no forma parte del precio de los Servicios y lo abona directamente el Cliente a las plataformas. Los importes de Inversión en Medios que figuren en propuestas, planes o anexos son estimaciones; el importe exigible es el consumo efectivamente facturado por cada plataforma.

8.3 Ausencia de obligación de anticipo. El Prestador no viene obligado a anticipar la Inversión en Medios ni a utilizar sus propias cuentas o medios de pago. Cuando excepcionalmente lo acuerde por escrito, el anticipo requerirá provisión previa de fondos por el Cliente, devengará la comisión de gestión que se pacte y facultará al Prestador para pausar de inmediato las campañas si la provisión se agota o no se reintegra.

8.4 Decisión sobre el presupuesto. La fijación, el incremento y la reducción de la Inversión en Medios corresponden al Cliente. El Prestador podrá recomendar un umbral mínimo de inversión por plataforma; la inversión por debajo de dicho umbral puede impedir la obtención de volumen de datos suficiente, sin que ello sea imputable al Prestador.

8.5 Políticas de las plataformas. La publicación de anuncios, fichas de producto y contenidos está sujeta a las políticas, condiciones y procesos de revisión de cada plataforma, ajenos al control del Prestador. El Prestador no responde de:

  • la desaprobación, limitación o retirada de anuncios, artículos, fichas o contenidos;
  • la suspensión, restricción o cancelación de cuentas, perfiles, catálogos o dominios del Cliente, incluidas las derivadas de programas de protección de marca de terceros;
  • la modificación unilateral de políticas, tarifas, algoritmos, formatos, interfaces o condiciones de servicio;
  • los cambios técnicos que afecten a la medición, el seguimiento o la atribución, incluidos los relativos a identificadores de dispositivo, cookies de terceros y restricciones de navegador o sistema operativo;
  • las interrupciones, errores o pérdidas de datos de plataformas y herramientas de terceros.

8.6 Datos de catálogo y precio. Cuando los anuncios se generen total o parcialmente a partir de los datos de producto del Cliente, incluidos los procedentes de la Instancia, el Cliente garantiza la exactitud, vigencia y licitud de dichos datos, y en particular de los precios, la disponibilidad, las descripciones, las imágenes y las condiciones de envío y devolución. El Prestador configura, mapea y optimiza el flujo de datos, pero no verifica ni garantiza su contenido.

8.7 Regularización de accesos. A la terminación del contrato, el Cliente retirará los accesos concedidos al Prestador y asumirá la gestión directa de sus cuentas y campañas. El Prestador no responde de la evolución, el rendimiento ni el gasto de las campañas a partir de la fecha de cese de sus accesos o de la suspensión prevista en la cláusula 7.10.

9. Intervención en el sitio web y en los sistemas del Cliente

9.1 Autorización. Cuando los Servicios comprendan actuaciones sobre el sitio web, la tienda en línea, las etiquetas de medición u otros sistemas del Cliente, este autoriza expresamente dichas actuaciones y manifiesta disponer de las facultades necesarias sobre tales sistemas.

9.2 Estado preexistente. El Prestador no responde del estado previo de los sistemas del Cliente ni de sus consecuencias, incluidos el alojamiento, el dominio, la plataforma, el tema o plantilla, las aplicaciones y módulos instalados, los desarrollos y personalizaciones previos realizados por el Cliente, el Partner del Cliente u otros proveedores, la deuda técnica acumulada y las decisiones de configuración anteriores a su intervención.

9.3 Copias de seguridad. Las copias de seguridad del sitio web, de la Instancia y de sus contenidos, y la capacidad efectiva de restauración, corresponden al Cliente o al Partner del Cliente, conforme a la cláusula 10.3. El Prestador podrá solicitar confirmación de su existencia antes de intervenciones relevantes, conforme a la cláusula 10.7.

9.4 Entorno de pruebas. El Prestador podrá requerir la disposición de un entorno de pruebas o preproducción. Cuando el Cliente no lo facilite o decida no utilizarlo y las actuaciones deban realizarse directamente en producción, el Cliente asume el riesgo inherente a dicha circunstancia.

9.5 Ventanas de bloqueo. Las Condiciones Particulares podrán identificar periodos de alta actividad comercial del Cliente, y el Cliente podrá comunicarlos por escrito con una antelación mínima de quince (15) días naturales, durante los cuales el Prestador no realizará publicaciones ni cambios estructurales en producción salvo autorización escrita del Cliente. En defecto de identificación o comunicación no existirán ventanas de bloqueo. Los plazos afectados se prorrogarán automáticamente por el tiempo de su duración. El Cliente que solicite o autorice una actuación dentro de una ventana de bloqueo asume el riesgo asociado.

9.6 Disponibilidad. La disponibilidad, el rendimiento, la seguridad y la continuidad de los sistemas del Cliente corresponden al Cliente, al Partner del Cliente y a sus proveedores de alojamiento y plataforma. El Prestador no asume compromiso de nivel de servicio sobre sistemas de los que no es titular ni proveedor.

9.7 Limitaciones de plataforma. Las actuaciones del Prestador sobre el sitio web se desarrollan con las herramientas de diseño y edición de Odoo y dentro de las posibilidades técnicas de la versión instalada. Quedan fuera del alcance el desarrollo de módulos, las funcionalidades no soportadas de forma nativa, la migración de plataforma y la resolución de incidencias imputables a Odoo, a aplicaciones o módulos de terceros o al Partner del Cliente, que, en su caso, se regirán por la cláusula 3.8.

9.8 Actualizaciones de versión. Los cambios de versión de Odoo pueden alterar el diseño o el funcionamiento del sitio web y de la Configuración. Las adaptaciones necesarias tras una actualización no están incluidas en los Servicios y se facturarán como Servicio Adicional.

9.9 Seguridad de los accesos. Cada parte responde de la custodia de sus propias credenciales y de la activación de los factores de autenticación disponibles. El Cliente comunicará sin demora al Prestador cualquier incidencia de seguridad que pueda afectar a los sistemas o cuentas objeto de los Servicios.

10. Intervención en la plataforma Odoo del Cliente

10.1 Ámbito. Esta cláusula regula los Servicios que el Prestador presta sobre la Instancia, y prevalece sobre la cláusula 9 en lo que se refiera a ella.

10.2 Alcance de la intervención. El Prestador interviene únicamente en la capa funcional de la Instancia, mediante la interfaz de usuario y dentro de los permisos que el Cliente o el Partner del Cliente asignen al Acceso del Prestador. El Prestador no accede al código fuente, al servidor, a la base de datos ni a las herramientas de administración técnica de la Instancia, y no solicita permisos de administración.

10.3 Responsabilidad técnica de la Instancia. Corresponden en exclusiva al Cliente, por sí o a través del Partner del Cliente: la suscripción a Odoo y su conformidad con las condiciones de Odoo S.A.; el alojamiento, la disponibilidad, el rendimiento y la seguridad de la Instancia; las copias de seguridad y su capacidad de restauración; los entornos de pruebas; las actualizaciones de versión; los módulos instalados, propios o de terceros; la configuración de servidores de correo, dominios y registros DNS; y la asignación de usuarios y permisos. El Prestador no es parte en los contratos del Cliente con Odoo S.A. ni con el Partner del Cliente, ni asume ninguna de sus obligaciones.

10.4 Permisos. El Prestador utilizará los permisos del Acceso del Prestador solo en la medida necesaria para los Servicios. La concesión de permisos superiores a los solicitados no amplía el alcance de los Servicios ni atribuye al Prestador las funciones o responsabilidades de un administrador.

10.5 Modelo de usuarios. La elección entre Usuarios Nominales y Usuarios Genéricos, tanto para el personal del Cliente como para el Acceso del Prestador, es una decisión exclusiva del Cliente, que asume:

  1. su conformidad con las condiciones de suscripción de Odoo, que el Prestador no viene obligado a verificar;
  2. la pérdida de trazabilidad que comporta, también a efectos de la normativa de protección de datos;
  3. las consecuencias de cualquier reclamación de Odoo S.A. o de terceros derivada de dicha elección, manteniendo indemne al Prestador.

10.6 Atribución de actuaciones. El Prestador responde únicamente de las actuaciones realizadas con el Acceso del Prestador. Cuando dicho acceso sea un Usuario Genérico, el Cliente se obliga a que lo utilice exclusivamente el Prestador, y a no utilizarlo ni facilitarlo a su personal, al Partner del Cliente ni a terceros. Las actuaciones realizadas con usuarios del Cliente o del Partner del Cliente, con permisos de administración o con cualquier usuario distinto del Acceso del Prestador se presumen realizadas por el Cliente o por el Partner del Cliente, salvo prueba en contrario a cargo del Cliente. El Prestador no responde de actuaciones que no se le atribuyan de forma acreditada.

10.7 Intervención en producción. El Cliente reconoce que los Servicios se prestan sobre la Instancia en uso real. Antes de actuaciones de especial impacto, como importaciones masivas de contactos, envíos masivos, automatizaciones que modifiquen registros o la reestructuración del sitio web, el Prestador podrá solicitar al Cliente la confirmación escrita de que dispone de una copia de seguridad reciente y restaurable, y aplazar la actuación mientras no la reciba, sin que ello le sea imputable.

10.8 Exclusiones. El Prestador no responde de los daños derivados de:

  1. fallos, errores, cambios de funcionalidad o interrupciones de Odoo o de su plataforma de alojamiento;
  2. las actualizaciones de versión y sus efectos;
  3. los módulos y aplicaciones instalados en la Instancia, incluidos los de terceros;
  4. las actuaciones del Cliente, del Partner del Cliente o de otros proveedores sobre la Instancia;
  5. la configuración técnica del envío de correo, incluidas su entregabilidad y los límites de envío de la plataforma;
  6. la falta de copias de seguridad íntegras y restaurables.

10.9 Incidencias ajenas. El diagnóstico y la corrección de incidencias atribuibles a las circunstancias de la cláusula 10.8 quedan fuera del alcance y, a petición del Cliente, se facturarán como Servicio Adicional.

10.10 Seguridad del acceso. El Prestador custodiará las credenciales del Acceso del Prestador con medidas razonables y activará la autenticación en dos pasos cuando la Instancia lo permita. Cada parte comunicará sin demora a la otra cualquier incidencia de seguridad que conozca.

10.11 Terminación. A la terminación del contrato, el Cliente desactivará el Acceso del Prestador, y el Prestador se abstendrá de utilizarlo desde la fecha de efectos. El Prestador no responde de las actuaciones realizadas con el Acceso del Prestador después de dicha fecha si el Cliente no lo ha desactivado.

11. Garantías del Cliente, contenidos de terceros y cumplimiento publicitario

11.1 Garantía general. El Cliente garantiza que ostenta la titularidad o las licencias y autorizaciones necesarias sobre todos los signos distintivos, logotipos, denominaciones, imágenes, fotografías, vídeos, música, tipografías, textos, bases de datos y demás contenidos que aporte al Prestador o cuya utilización le solicite, y que su uso en los Servicios no infringe derechos de terceros.

11.2 Marcas y licencias de terceros. Cuando los Servicios comprendan la promoción de productos o contenidos que incorporen marcas o signos distintivos de terceros, el Cliente identificará por escrito, antes del inicio de las acciones afectadas: (i) el licenciante y las marcas o signos licenciados; (ii) el ámbito territorial y el plazo de vigencia de la licencia; (iii) los canales y modalidades de explotación autorizados, con indicación expresa de si la licencia ampara la publicidad digital de pago, la publicación en marketplaces, el uso en redes sociales y en catálogos de producto; y (iv) el procedimiento de aprobación previa de creatividades que el licenciante imponga.

11.3 Alcance de la licencia. El Cliente reconoce que una licencia de fabricación, distribución o venta no comprende necesariamente el uso de los signos licenciados en comunicación comercial de pago. El Prestador no viene obligado a verificar el alcance, la vigencia ni la suficiencia de las licencias del Cliente.

11.4 Aprobaciones del licenciante. La tramitación y obtención de las aprobaciones que el licenciante exija corresponde en exclusiva al Cliente. El Prestador podrá condicionar la publicación de creatividades afectadas a la acreditación escrita de dicha aprobación.

11.5 Vigencia y cese de licencias. El Cliente comunicará al Prestador sin demora y por escrito la caducidad, resolución, suspensión o modificación del alcance de cualquier licencia. La obligación del Prestador de retirar o pausar los contenidos y campañas afectados nace desde la recepción de dicha comunicación, y se ejecutará en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas hábiles.

11.6 Derechos de imagen. La captación y utilización de la imagen, voz o nombre de personas identificables, incluida su recreación mediante herramientas de inteligencia artificial, requerirá autorización escrita de cada una de ellas conforme a la Ley Orgánica 1/1982, con indicación de finalidad, soportes, ámbito territorial y duración. Las Condiciones Particulares o el Anexo de Alcance determinarán cuál de las partes asume su obtención; en defecto de pacto, corresponderá al Cliente.

11.7 Aprobación de publicaciones. Los contenidos, creatividades y comunicaciones se publicarán o enviarán previa aprobación del Cliente, siendo suficiente la conformidad escrita del Interlocutor o la aceptación tácita de la cláusula 3.3. Una vez aprobados, el contenido y los mensajes publicitarios se entienden asumidos por el Cliente como anunciante y remitente.

11.8 Condición de anunciante. El Cliente ostenta la condición de anunciante a los efectos de la Ley 34/1988, General de Publicidad, y de la normativa equivalente de los países donde se difundan los contenidos. Corresponde al Cliente, y garantiza su cumplimiento:

  • la veracidad y acreditación de toda alegación sobre sus productos y servicios;
  • el cumplimiento de la normativa sobre anuncio de reducciones de precio;
  • la acreditación de las alegaciones ambientales o de sostenibilidad;
  • el cumplimiento de la normativa sobre publicidad comparativa y competencia desleal;
  • la correcta identificación del carácter publicitario de los contenidos difundidos por creadores, colaboradores o terceros;
  • la información precontractual, condiciones de venta, garantías y derecho de desistimiento aplicables a sus ventas, incluidas las realizadas en la tienda en línea de la Instancia.

El Prestador podrá advertir al Cliente de los riesgos que aprecie, sin que tal advertencia desplace la responsabilidad del Cliente ni constituya asesoramiento jurídico.

11.9 Contenido generado con inteligencia artificial. El Cliente autoriza el empleo de herramientas de inteligencia artificial en los procesos de ideación, redacción, diseño y producción, salvo indicación escrita en contrario y con sujeción a la cláusula 13.6. Cuando se difunda contenido generado o manipulado artificialmente, las partes cooperarán para incorporar el marcado técnico y la información de transparencia exigidos por la normativa aplicable, correspondiendo al Cliente, como responsable del despliegue, el cumplimiento de los deberes de información frente al público.

11.10 Indemnidad. El Cliente mantendrá indemne al Prestador, a sus administradores, empleados y colaboradores, frente a toda reclamación, acción, procedimiento, sanción, condena, indemnización y gasto, incluidos los honorarios de defensa jurídica, que deriven del incumplimiento de las garantías de esta cláusula 11, de la inexactitud de la información o de los datos facilitados, de las decisiones del Cliente conforme a la cláusula 10.5, o de la infracción de derechos de terceros imputable a contenidos, marcas, datos o instrucciones del Cliente. El Prestador comunicará al Cliente sin demora cualquier reclamación de esta naturaleza y le permitirá intervenir en su defensa.

12. Propiedad intelectual e industrial

12.1 Materiales Preexistentes. El Prestador y sus proveedores conservan la titularidad exclusiva de sus metodologías, procesos, marcos de análisis, plantillas, bibliotecas, componentes, código, flujos de automatización, estructuras de campaña, configuraciones tipo, formación interna y conocimiento técnico, así como de las mejoras que realicen sobre ellos, con independencia de que se hayan empleado en la prestación de los Servicios (los «Materiales Preexistentes»).

12.2 Cesión de los entregables. Sujeto a la cláusula 12.4, el Prestador cede al Cliente, en exclusiva, los derechos de explotación sobre los entregables finales creados específicamente para él en ejecución del contrato, incluidas las creatividades, los contenidos y el diseño de su sitio web. La cesión comprende los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, en todas las modalidades de explotación conocidas, para todo el mundo y por el plazo máximo previsto en la legislación aplicable, y faculta al Cliente para su adaptación, modificación y cesión a terceros.

12.3 Licencia sobre Materiales Preexistentes. En la medida en que los Materiales Preexistentes se incorporen a los entregables, el Prestador concede al Cliente, sujeto a la cláusula 12.4 y en la medida de la titularidad o licencia de que el propio Prestador disponga, una licencia no exclusiva, gratuita, mundial y perpetua para su uso como parte integrante de dichos entregables y en su propia actividad, sin facultad de explotarlos por separado, redistribuirlos ni comercializarlos.

12.4 Condición de pago. La cesión y la licencia de las cláusulas 12.2 y 12.3 quedan condicionadas al pago íntegro de los importes correspondientes al entregable de que se trate. Hasta que dicho pago se produzca, el Prestador conserva la titularidad y el Cliente carece de título para explotar el entregable.

12.5 Configuración de la Instancia. La Configuración aplicada en la Instancia, incluida la realizada con Odoo Studio, queda a disposición del Cliente sin límite de tiempo, que podrá mantenerla, modificarla o encargar su modificación a terceros. El Prestador conserva el derecho a utilizar, reproducir y comercializar configuraciones, automatizaciones, plantillas y estructuras equivalentes para otros clientes, siempre que no incorporen información confidencial, datos ni signos distintivos del Cliente.

12.6 Activos de terceros. Los bancos de imágenes, vídeos, música, tipografías, iconografía, plantillas, temas y componentes de terceros incorporados a los entregables quedan excluidos de la cesión de la cláusula 12.2 y se sublicencian al Cliente únicamente en los términos, modalidades, territorios y plazos de la licencia originaria. Su utilización más allá de tales términos, incluida su reutilización una vez expirada la licencia, es de exclusiva responsabilidad del Cliente, que deberá renovar o sustituir la licencia por su cuenta.

12.7 Software libre y contenidos generados con IA. Los componentes de software libre o de código abierto incorporados a los entregables se rigen por sus respectivas licencias, que el Cliente se obliga a respetar. Los resultados generados mediante herramientas de inteligencia artificial se ceden en la medida en que sean susceptibles de protección y en los términos que permitan las condiciones de la herramienta empleada; el Prestador no garantiza que tales resultados gocen de protección por propiedad intelectual.

12.8 Propuestas no aceptadas. Los conceptos, rutas creativas, maquetas y propuestas presentados al Cliente y no seleccionados por él permanecen en la titularidad del Prestador, que podrá reutilizarlos libremente siempre que no incorporen signos distintivos, información confidencial ni elementos identificativos del Cliente.

12.9 Derechos morales. La cesión de la cláusula 12.2 se entiende sin perjuicio de los derechos morales de los autores, irrenunciables e inalienables conforme a la legislación aplicable. El Prestador se obliga a obtener de sus autores el consentimiento necesario para que el Cliente pueda adaptar y modificar los entregables en los términos pactados.

12.10 Cadena de cesión. El Prestador garantiza haber obtenido de sus empleados, colaboradores y subcontratistas la cesión de derechos suficiente para cumplir lo previsto en la cláusula 12.2, y responde frente al Cliente de la suficiencia de dicha cadena respecto de los entregables creados por el Prestador, con los límites de la cláusula 15.

12.11 Materiales del Cliente. El Cliente concede al Prestador, durante la vigencia del contrato y a título gratuito, una licencia no exclusiva para utilizar sus signos distintivos, contenidos y materiales en la medida necesaria para la prestación de los Servicios. El Cliente conserva en todo caso su titularidad, así como la de los Datos del Cliente.

12.12 Portfolio y referencias. El Prestador podrá mencionar la relación comercial, utilizar el nombre y el logotipo del Cliente, y mostrar en sus canales de difusión y propuestas comerciales los entregables ya publicados, a título de referencia profesional, respetando la confidencialidad y sin revelar datos de negocio. El Cliente confirma que dicha utilización queda amparada por las licencias de terceros que ostente; cuando no lo esté, lo comunicará al Prestador, que se abstendrá de mostrar los contenidos afectados. El Cliente podrá revocar esta autorización en cualquier momento mediante comunicación escrita, con efectos para el futuro.

13. Protección de datos personales

13.1 Doble posición del Prestador. El Prestador actúa:

  • como encargado del tratamiento respecto de los datos personales que trate por cuenta del Cliente en ejecución de los Servicios, siendo el Cliente el responsable del tratamiento; y
  • como responsable del tratamiento respecto de los datos de los interlocutores, representantes y personas de contacto del Cliente que trate para la gestión de la relación contractual, la facturación y el cumplimiento de sus obligaciones legales.

13.2 Encargo del tratamiento. El tratamiento por cuenta del Cliente se rige por el Anexo de Encargo del Tratamiento publicado por el Prestador en [URL], conforme al artículo 28 del Reglamento (UE) 2016/679 (el «RGPD»), que se incorpora al contrato con las mismas condiciones de aceptación que estas Condiciones Generales. Las partes podrán sustituirlo por un acuerdo específico firmado.

13.3 Ubicación y minimización. El Prestador tratará los datos del Cliente preferentemente dentro de la Instancia y de las herramientas del Cliente. La extracción de datos de dichos sistemas se limitará a lo estrictamente necesario para cada Servicio, se realizará únicamente a través de las herramientas corporativas del Prestador previstas en el Anexo de Encargo, y los datos extraídos se suprimirán cuando dejen de ser necesarios.

13.4 Subencargados. El Cliente otorga una autorización general para que el Prestador recurra a los subencargados que figuren en la lista publicada en la dirección indicada en el Anexo de Encargo, que incluye a XGROW SLU (marca XGRO) como subcontratista de servicios de marketing y web, y a los proveedores de las herramientas corporativas y de inteligencia artificial del Prestador. El Prestador comunicará al Cliente por correo electrónico la incorporación o sustitución de subencargados con una antelación mínima de quince (15) días naturales. El Cliente podrá oponerse por escrito y de forma motivada dentro de dicho plazo. Si las partes no alcanzan un acuerdo, el Cliente podrá resolver el contrato respecto de los Servicios afectados, sin penalización, pero sin derecho a la devolución de las cantidades correspondientes a Servicios ya prestados ni a periodos iniciados.

13.5 Transferencias internacionales. Cuando un subencargado esté establecido fuera del Espacio Económico Europeo, el Prestador garantizará que la transferencia se ampare en una decisión de adecuación de la Comisión Europea, incluido el Marco de Privacidad de Datos UE-EE. UU. cuando el destinatario esté certificado, o en las cláusulas contractuales tipo aprobadas por la Comisión Europea. Cuando el Cliente esté establecido fuera del Espacio Económico Europeo, la devolución o comunicación de los datos al Cliente se regirá por las cláusulas contractuales tipo correspondientes (encargado a responsable), que se incorporan al Anexo de Encargo.

13.6 Herramientas de inteligencia artificial. El Prestador:

  1. solo introducirá datos personales del Cliente en herramientas de inteligencia artificial contratadas en planes profesionales que dispongan de acuerdo de encargo del tratamiento y que no utilicen dichos datos para entrenar sus modelos;
  2. no introducirá datos personales del Cliente, incluidas imágenes o voces de personas identificables, en herramientas de generación de contenidos audiovisuales que no reúnan esos requisitos;
  3. aplicará el principio de minimización, utilizando datos anonimizados o seudonimizados cuando la finalidad lo permita.

13.7 Obligaciones del Cliente como responsable. Corresponde al Cliente, y garantiza su cumplimiento:

  • determinar los fines y medios del tratamiento e impartir al Prestador instrucciones lícitas y documentadas;
  • disponer de base jurídica válida para cada tratamiento y finalidad, incluidas las comunicaciones comerciales, la elaboración de públicos y el enriquecimiento de datos;
  • facilitar la información exigida por los artículos 13 y 14 del RGPD y mantener actualizada su política de privacidad;
  • disponer de un mecanismo de obtención y gestión del consentimiento para cookies y tecnologías equivalentes conforme a la normativa aplicable;
  • atender el ejercicio de los derechos de los interesados;
  • realizar, cuando proceda, la evaluación de impacto y el análisis de riesgo de las transferencias internacionales;
  • determinar el modelo de usuarios y permisos de la Instancia, conforme a las cláusulas 10.5 y 10.6, y asumir sus consecuencias en materia de seguridad y trazabilidad.

13.8 Etiquetas y píxeles. El Prestador podrá implantar y configurar etiquetas de medición y píxeles publicitarios siguiendo instrucciones del Cliente. En relación con determinadas herramientas de terceros, el Cliente puede ostentar la condición de corresponsable del tratamiento junto con el proveedor de la herramienta. El Prestador no garantiza la conformidad del sitio web del Cliente, de su mecanismo de consentimiento ni de sus políticas informativas, cuya adecuación corresponde al Cliente.

13.9 Carga de datos en plataformas. El Prestador no cargará en plataformas de terceros ficheros de clientes, listas de contactos ni otros conjuntos de datos personales del Cliente sin instrucción escrita y específica de este, que garantizará la existencia de base jurídica suficiente.

13.10 Comunicaciones comerciales. Cuando los Servicios comprendan el envío de comunicaciones comerciales por vía electrónica, corresponde al Cliente determinar la base jurídica, garantizar el cumplimiento de la normativa de servicios de la sociedad de la información y de protección de datos aplicable, y asumir la condición de remitente. Los envíos se realizarán desde la Instancia o desde las herramientas del Cliente, y el Prestador no utilizará su propia infraestructura de envío como remitente.

13.11 Conservación tras la terminación. A la terminación del contrato, el Prestador suprimirá o devolverá los datos personales tratados por cuenta del Cliente, conforme al Anexo de Encargo. No obstante, podrá conservar bloqueadas las copias necesarias para el cumplimiento de obligaciones legales y para la formulación o defensa de reclamaciones, durante los plazos legalmente exigibles.

13.12 Indemnidad. El Cliente mantendrá indemne al Prestador frente a las reclamaciones, sanciones y gastos que deriven de la falta de base jurídica, de la insuficiencia de la información facilitada a los interesados, de la inadecuación de su mecanismo de consentimiento, de su modelo de usuarios y permisos o de instrucciones ilícitas impartidas al Prestador.

14. Confidencialidad y secretos empresariales

14.1 Información confidencial. Tendrá la consideración de información confidencial toda información, en cualquier soporte, que una parte comunique a la otra o a la que esta acceda con ocasión del contrato, incluida la contenida en la Instancia. Se considera en todo caso confidencial, con independencia de que se identifique como tal, la información relativa a costes, márgenes, precios de compra, estructura de precios, existencias, proveedores, clientes, condiciones contractuales con terceros, datos de ventas, planes comerciales y estrategia, así como las metodologías, plantillas y conocimiento técnico del Prestador.

14.2 Obligaciones. La parte receptora se obliga a mantener la información confidencial en secreto, a utilizarla únicamente para la ejecución del contrato, a no reproducirla ni comunicarla a terceros, y a adoptar sobre ella medidas de protección razonables, incluido el acceso limitado a las personas que necesiten conocerla y la custodia en sistemas bajo su control.

14.3 Excepciones. No se considerará información confidencial aquella que: (i) fuera conocida por la parte receptora con anterioridad y pueda acreditarlo; (ii) sea o pase a ser de dominio público sin incumplimiento de esta cláusula; (iii) proceda de un tercero no sujeto a deber de secreto; o (iv) deba revelarse por imperativo legal o por requerimiento de autoridad competente, en cuyo caso la parte requerida lo comunicará a la otra, siempre que ello sea legalmente posible.

14.4 Asesores. Cada parte podrá revelar información confidencial a sus asesores jurídicos, fiscales, contables y auditores, y a sus aseguradores, en la medida necesaria y bajo deber de secreto equivalente.

14.5 Personal y subcontratistas. El Prestador impondrá a sus empleados, colaboradores y subcontratistas que intervengan en los Servicios obligaciones de confidencialidad sustancialmente equivalentes a las de esta cláusula, y responderá frente al Cliente de su incumplimiento cuando le sea imputable por dolo o por negligencia en su selección, instrucción o supervisión.

14.6 Duración. La obligación de confidencialidad subsistirá durante la vigencia del contrato y durante los cinco (5) años siguientes a su terminación. Respecto de la información que reúna la condición de secreto empresarial conforme a la Ley 1/2019, de 20 de febrero, de Secretos Empresariales, la obligación subsistirá de forma indefinida mientras mantenga tal condición.

14.7 Devolución. A la terminación del contrato, y a requerimiento escrito de la parte emisora, la receptora devolverá o destruirá la información confidencial en su poder, con la reserva de la cláusula 13.11.

14.8 Ausencia de exclusividad. El Prestador presta los Servicios sin régimen de exclusividad y podrá aceptar encargos de otros clientes, incluidos los del mismo sector de actividad que el Cliente, sin que ello constituya incumplimiento ni conflicto de interés, siempre que respete las obligaciones de esta cláusula. Cualquier limitación en este ámbito deberá pactarse expresamente en las Condiciones Particulares, con delimitación de su objeto, ámbito y duración, y con la contraprestación que las partes acuerden.

14.9 Separación de la información. A solicitud del Cliente, el Prestador acreditará las medidas organizativas adoptadas para que su información confidencial no sea accesible a los equipos que presten servicios a terceros competidores.

15. Responsabilidad

15.1 Exclusión de daños indirectos. Salvo en los supuestos de la cláusula 15.3, el Prestador no responderá de los daños indirectos ni consecuenciales, y en particular de: lucro cesante, pérdida de ventas, facturación o cuota de mercado, pérdida de oportunidad comercial, pérdida de ahorros previstos, daño reputacional, pérdida o corrupción de datos, incidentes de seguridad de la Instancia o de los sistemas del Cliente, coste de reconstrucción o restauración de sistemas o información, interrupción de la actividad y reclamaciones de clientes del Cliente.

15.2 Límite cuantitativo. Salvo en los supuestos de la cláusula 15.3, la responsabilidad total y acumulada del Prestador frente al Cliente por cualquier causa derivada del contrato o relacionada con él queda limitada al importe de los honorarios efectivamente abonados por el Cliente por el Servicio concreto del que derive el daño durante los tres (3) meses anteriores al hecho causante. No se computarán la Inversión en Medios, los costes de terceros ni los impuestos.

15.3 Supuestos excluidos del límite. Las limitaciones de las cláusulas 15.1 y 15.2 no serán de aplicación en los casos de dolo o culpa grave del Prestador, de daños personales, ni cuando la normativa aplicable no permita la limitación de responsabilidad. La responsabilidad del Prestador por los actos u omisiones de su personal, colaboradores y subcontratistas queda sujeta en todo caso a los límites de esta cláusula, en la medida permitida por la ley.

15.4 Supuestos de exoneración. El Prestador no responderá de los daños que deriven de:

  • la inexactitud, insuficiencia o ilicitud de la información, materiales, datos, marcas o instrucciones facilitados por el Cliente;
  • el incumplimiento por el Cliente de las obligaciones de las cláusulas 5, 9, 10, 11 y 13;
  • las decisiones de negocio adoptadas por el Cliente, aun cuando se hubieran basado en recomendaciones del Prestador;
  • las actuaciones, políticas, decisiones unilaterales, interrupciones o fallos de plataformas, buscadores, marketplaces, proveedores de correo, de alojamiento y de herramientas de terceros, incluida Odoo S.A.;
  • el estado preexistente de los sistemas del Cliente, las circunstancias de la cláusula 10.8 y la actuación del Partner del Cliente o de otros proveedores;
  • el uso del Acceso del Prestador por personas distintas del Prestador, conforme a la cláusula 10.6;
  • la suspensión del servicio ejercitada conforme a la cláusula 7.10;
  • la ausencia de copias de seguridad íntegras y restaurables;
  • la no consecución de objetivos, previsiones o KPIs, conforme a la cláusula 4.

15.5 Deber de mitigación. Cada parte adoptará las medidas razonables a su alcance para evitar o reducir el daño. El Cliente comunicará al Prestador por escrito cualquier incidencia tan pronto como tenga conocimiento de ella, y le otorgará un plazo de quince (15) días naturales para subsanarla antes de ejercitar cualquier acción, salvo que la naturaleza del daño lo haga imposible.

15.6 Plazo de reclamación. Las reclamaciones del Cliente frente al Prestador deberán formularse por escrito, con indicación de los hechos y del daño alegado, dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha en que el Cliente tuvo o pudo razonablemente tener conocimiento del hecho causante y, en todo caso, dentro de los doce (12) meses siguientes a dicho hecho. Transcurridos dichos plazos se tendrán por renunciadas, salvo en los supuestos de dolo o daños personales y sin perjuicio de los plazos imperativos de prescripción. Esta cláusula no limita las acciones del Prestador, y en particular las de reclamación del precio, que se rigen por los plazos legales.

15.7 Asignación de riesgos. El Cliente reconoce que los precios pactados reflejan la asignación de riesgos de esta cláusula, y que una asunción de responsabilidad superior exigiría una contraprestación distinta, que las partes podrán pactar expresamente en las Condiciones Particulares.

16. Duración, prórroga y terminación

16.1 Duración. La duración inicial y su fecha de inicio se fijan en las Condiciones Particulares, con sujeción a lo previsto en la cláusula 5.3. Los proyectos sin duración pactada finalizan con la entrega y aceptación de su último entregable.

16.2 Prórroga. Salvo disposición distinta de las Condiciones Particulares, los contratos de Servicios recurrentes se prorrogarán automáticamente por periodos iguales al inicial, salvo denuncia escrita de cualquiera de las partes con una antelación mínima de treinta (30) días naturales a la finalización del periodo en curso.

16.3 Prórroga con revisión de alcance. Cuando las Condiciones Particulares prevean que el alcance y el precio del periodo prorrogado se determinen mediante un anexo a negociar, y dicho anexo no haya sido suscrito en la fecha límite prevista, el contrato se prorrogará sobre el alcance de continuidad y la cuota mínima que las Condiciones Particulares establezcan a tal efecto, con la revisión de precios de la cláusula 7.14.

16.4 Resolución por el Prestador. El Prestador podrá resolver el contrato, mediante comunicación escrita y con efectos inmediatos, en caso de:

  1. impago de cualquier importe vencido transcurridos quince (15) días naturales desde su vencimiento;
  2. incumplimiento por el Cliente de las obligaciones de las cláusulas 5, 6, 10, 11 o 13 que no sea subsanado en el plazo de quince (15) días naturales desde el requerimiento escrito;
  3. solicitud o declaración de concurso, insolvencia, disolución o cese de actividad del Cliente;
  4. requerimiento del Cliente de ejecutar actuaciones ilícitas, contrarias a las políticas de las plataformas o que puedan comprometer la reputación del Prestador, cuando el Cliente insista tras la advertencia escrita de este;
  5. imposibilidad de prestar los Servicios por causa imputable al Cliente o al Partner del Cliente durante más de treinta (30) días naturales.

16.5 Resolución por el Cliente. El Cliente podrá resolver el contrato en caso de incumplimiento grave del Prestador que no sea subsanado en el plazo previsto en la cláusula 15.5, y en el supuesto de la cláusula 13.4.

16.6 Desistimiento del Cliente. El Cliente podrá desistir del contrato en cualquier momento mediante comunicación escrita. En tal caso:

  1. no tendrá derecho a la devolución de las cantidades abonadas por anticipado, ni de las correspondientes a bolsas de horas;
  2. abonará la totalidad de los honorarios de las fases, hitos o periodos ya iniciados en la fecha de efectos, aunque no se hubieran completado;
  3. abonará los Servicios Adicionales aprobados y en curso, y los costes de terceros comprometidos por el Prestador por cuenta del Cliente y no cancelables;
  4. los descuentos, bonificaciones o condiciones especiales que las Condiciones Particulares hubieran vinculado a una duración mínima o a la contratación conjunta de varias fases perderán su efecto y devendrán exigibles por la diferencia hasta la tarifa ordinaria.

16.7 Efectos comunes de la terminación. A la terminación del contrato por cualquier causa:

  • serán exigibles de inmediato todos los importes correspondientes a Servicios prestados y a los conceptos de la cláusula 16.6;
  • el Cliente retirará los accesos concedidos, incluido el Acceso del Prestador conforme a la cláusula 10.11, y asumirá la gestión directa de sus cuentas, campañas y sistemas;
  • la cesión y la licencia de la cláusula 12 quedarán limitadas a los entregables íntegramente abonados;
  • cada parte cumplirá lo previsto en las cláusulas 13.11 y 14.7 respecto de datos e información confidencial.

16.8 Transición. El Prestador entregará al Cliente los entregables finalizados y abonados y la información necesaria para la continuidad del servicio. Las tareas de transición que excedan de la dedicación prevista en las Condiciones Particulares tendrán la consideración de Servicio Adicional y se abonarán por anticipado.

16.9 Supervivencia. Subsistirán tras la terminación las cláusulas 6.8 a 6.13, 7.9, 10.5, 10.6, 11.10, 12, 13.11, 13.12, 14, 15 y 17, así como cualesquiera otras que por su naturaleza deban permanecer en vigor.

17. Disposiciones generales, ley aplicable y jurisdicción

17.1 Subcontratación. El Prestador podrá subcontratar libremente, total o parcialmente, la ejecución de los Servicios en profesionales, colaboradores autónomos o empresas especializadas, entre ellas XGROW SLU, sin necesidad de autorización del Cliente, respondiendo frente a este de su actuación en los términos de las cláusulas 14.5 y 15. La subcontratación no altera el régimen de la cláusula 6. El recurso a subencargados del tratamiento se rige por la cláusula 13.4 y por el Anexo de Encargo.

17.2 Cesión del contrato. El Prestador podrá ceder su posición contractual, total o parcialmente, mediante simple comunicación escrita al Cliente, a cualquier sociedad de su grupo, a la sociedad resultante de una operación de reestructuración, fusión, escisión o aportación, o al adquirente de su negocio o de la rama de actividad a la que se adscriban los Servicios. El Cliente presta en este acto su consentimiento a dicha cesión, en virtud de la cual el cesionario se subrogará en todos los derechos y obligaciones del Prestador, que quedará liberado frente al Cliente desde la fecha de efectos. El Cliente no podrá ceder su posición contractual sin el consentimiento previo y por escrito del Prestador, sin perjuicio de la sucesión universal que proceda por ministerio de la ley.

17.3 Fuerza mayor. Ninguna parte responderá del retraso o incumplimiento de sus obligaciones cuando obedezca a fuerza mayor o caso fortuito conforme al artículo 1105 del Código Civil, siempre que concurran estos tres requisitos:

  1. acreditación objetiva: que el acontecimiento conste en una disposición o resolución de autoridad competente publicada oficialmente o, tratándose de incidencias técnicas generalizadas (suministro eléctrico, telecomunicaciones, servicios de internet, caídas de plataformas, incluida la de Odoo, o ciberataques no imputables a negligencia de la parte afectada), en la comunicación pública o el reconocimiento escrito del proveedor afectado;
  2. causalidad: que el acontecimiento impida efectivamente el cumplimiento, y no meramente lo haga más gravoso;
  3. comunicación: que la parte afectada lo comunique por escrito a la otra dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su conocimiento, acompañando dicha acreditación.

No constituyen fuerza mayor las dificultades económicas o de liquidez, la variación de las condiciones de mercado o de la demanda, ni los cambios de estrategia o de organización. La fuerza mayor no exime en ningún caso de las obligaciones de pago. Si la causa impidiera el cumplimiento durante más de sesenta (60) días naturales consecutivos, cualquiera de las partes podrá resolver el contrato con un preaviso de quince (15) días naturales, sin indemnización, abonándose los importes devengados y los costes de terceros comprometidos y no cancelables.

17.4 Notificaciones. Las comunicaciones se efectuarán por escrito a las direcciones de correo electrónico designadas en las Condiciones Particulares, y se entenderán recibidas el día de su envío salvo notificación de error de entrega. Los mensajes del Interlocutor por canales de mensajería solo producirán efecto en los supuestos expresamente previstos en estas Condiciones Generales. Los requerimientos de incumplimiento y las comunicaciones de resolución o desistimiento se cursarán por medio fehaciente: burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, conducto notarial o, cuando el destinatario esté establecido fuera de España, correo electrónico certificado por un prestador de servicios de confianza que acredite su contenido, su envío y su entrega. Los cambios de dirección o de Interlocutor se comunicarán de inmediato; en su defecto, las comunicaciones dirigidas a los datos previamente designados se tendrán por válidamente efectuadas.

17.5 Nulidad parcial. La nulidad, invalidez o inexigibilidad de una o varias cláusulas, o de parte de ellas, no afectará a la validez de las restantes. Las partes negociarán de buena fe su sustitución por otras que se ajusten en la mayor medida posible a la finalidad perseguida y al equilibrio económico del contrato.

17.6 No renuncia. La tolerancia o el retraso en el ejercicio de un derecho no implica su renuncia, ni impide su ejercicio posterior, ni crea derecho adquirido alguno a favor de la otra parte.

17.7 Acuerdo íntegro. El contrato, integrado por los documentos de la cláusula 1.6, constituye el acuerdo íntegro entre las partes sobre su objeto y sustituye a cualesquiera acuerdos, propuestas, negociaciones y comunicaciones anteriores. Toda modificación requerirá forma escrita y la aceptación de ambas partes. No serán aplicables las condiciones generales del Cliente, aunque se mencionen en pedidos u otros documentos, salvo aceptación expresa y por escrito del Prestador.

17.8 Firma electrónica y copias. Las partes admiten la firma y la aceptación electrónicas del contrato y de sus anexos, así como su formalización en ejemplares separados, con plena validez y eficacia probatoria. La aceptación de las Condiciones Particulares se extiende a los anexos que las acompañen o a los que remitan.

17.9 Datos de los firmantes. Cada parte tratará los datos de los representantes y personas de contacto de la otra, en calidad de responsable, para gestionar la relación contractual y cumplir sus obligaciones legales, sobre la base de la ejecución del contrato y del interés legítimo. Los interesados podrán ejercitar sus derechos ante la parte correspondiente en las direcciones indicadas en las Condiciones Particulares.

17.10 Ley aplicable. El contrato se rige e interpreta conforme al derecho común español, cualquiera que sea el país de establecimiento del Cliente.

17.11 Negociación previa. Antes de ejercitar acciones judiciales, la parte que pretenda reclamar dirigirá a la otra una solicitud de negociación por medio fehaciente conforme a la cláusula 17.4, con indicación de la controversia y de su pretensión, como medio adecuado de solución de controversias conforme a la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. La negociación se tendrá por intentada sin acuerdo en los plazos que establezca dicha ley. Este trámite no impedirá la adopción de medidas cautelares ni, cuando la ley lo permita, el ejercicio de acciones de reclamación de cantidad.

17.12 Jurisdicción. Las partes se someten, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, a la jurisdicción exclusiva de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona para toda controversia derivada del contrato o relacionada con él, incluidas las relativas a su existencia, validez, interpretación, ejecución o terminación. No obstante, el Prestador podrá ejercitar las acciones de reclamación de cantidad ante los tribunales del domicilio del Cliente.

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